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  • Foto del escritorFrancisca Ortiz Vergara

Posesión efectiva: ¿Cómo realizar la posesión efectiva si hay un testamento?

Actualizado: 30 nov 2023

La posesión efectiva se realiza de manera distinta si quien ha fallecido dejó un testamento o no. Informate de todo lo necesario para que puedas recibir tu herencia con ayuda de tus Abogadas.

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Posesión efectiva


Hoy, en Abogadas Chile, te comentamos cómo tramitar tu posesión efectiva cuando existe un testamento de por medio. Así que, si sabes de la existencia de un testamento que haya dejado un ser querido, entonces la posesión efectiva testada debe ser realizada ante los Juzgados de Letras en lo Civil respectivos y NO en el Registro Civil, como suele ocurrir.


¿Qué es la posesión efectiva testada?

Como ya debes saber, la posesión efectiva en general, permite que los herederos puedan hacerse cargo de los bienes del causante y disponer de ellos, una vez que ha sido debidamente inscrita y aceptada por los herederos que la ley designa. Sin embargo, la posesión efectiva testada permite solicitar a los tribunales con competencia civil que concedan la posesión efectiva de la herencia de personas fallecidas que han dejado testamento. Esta sentencia, debidamente inscrita, faculta a los beneficiarios y beneficiarias a disponer de los bienes que han heredado.


Requisitos

Es fundamental la existencia de un Testamento (sea abierto o cerrado), puede ser ante notario público o juez, o ante cinco testigos que acrediten que quien testa está en su sano juicio (en este caso requiere un trámite previo ante un juez). Excepcionalmente, en riesgo de muerte, puede ser verbal ante tres o más testigos, debiendo escriturarse posteriormente según las formalidades que establece la ley.


Debe ser presentado a través de demanda, patrocinada por Abogado habilitado.

Además, será necesario presentar Certificado de defunción y Certificado de nacimiento de el o los herederos.


Finalmente, dependiendo de los bienes que tenía la persona fallecida, el abogado indicará a las personas los documentos adicionales que debe presentar (inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces, para verificar la propiedad, pero los usufructos no, porque éstos no son heredables; certificados de Vehículos Motorizados del Registro Civil, entre otros)

¿Quienes pueden realizar el trámite?

Herederos y herederas de una persona fallecida que dejó testamento y que cumplan con los requisitos anteriormente indicados.


¿Cómo hacer el trámite?

Al ser un trámite judicial, este debe realizarse por medio de demanda redactada por un Abogado habilitado, quien deberá solicitar al Juez con competencia en lo civil, que otorgue posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento del causante. Se trata de un procedimiento voluntario (no contencioso).

En dicha solicitud se debe indicar: La relaciones de parentesco afectas a la legítima o mejora (parte de la herencia que el testador no puede disponer para terceros, sea total o parcialmente), además de nómina de los bienes muebles e inmuebles que pertenecían al causante, nómina de las deudas que registre el causante


Una vez cumplido el asunto del inventario y todo lo demás exigido para su tramitación, se debe pedir al tribunal que falle sobre la posesión, teniendo por acompañados tanto el inventario como el resto de documentos presentados con la demanda.


Finalmente y siendo debidamente inscrita la sentencia que concede la posesión efectiva, ya pueden los herederos disponer de los bienes.


¿Tiempo del trámite?

Debes considerar que el tiempo de la tramitación de la solicitud de presión efectiva testada tarda a lo menos 6 meses, o dependiendo de la carga laboral del Tribunal competente.


Si deseas realizar éste u otro trámite, no dudes en escribirnos, porque Abogadas Chile somos tus abogadas de confianza. Contactenos por celular o whatsapp a los números +56 9 7348 3032 o +56 9 6516 1294, o al correo electrónico contacto@abogadaschile.com



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