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Pensión de Alimentos

La pensión de alimentos es un derecho de tus hijos para solventar sus gastos a lo menos básicos, siendo una responsabilidad de ambos padres.

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Pensión de alimentos como un derecho de tus hijos

Es un derecho de tus hijos el percibir una pensión de alimentos que les permita sustentar su vida, que contribuya a lo menos el sustento, habitación, vestidos, salud, movilización, la enseñanza básica y aprendizaje de una profesión u oficio.
Es necesario establecer la pensión de alimentos justa, conforme a la capacidad económica de ambos padres y las necesidades económicas de los hijos.

 

Acuerdo judicial

Demanda Pensión Alimenticia

Establece por escrito mediante acuerdo o sentencia cuál es la pensión de alimentos que recibirán sus hijos.

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Aumenta la Pensión de Alimentos
 

Si han cambiado las circunstancias y los gastos ahora son mayores puedes pedir el aumento de la pensión.

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Rebaja la Pensión de Alimentos
 

Si han cambiado las circunstancias y los gastos ahora son mayores puedes pedir el aumento de la pensión.

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Cobro de la Pensión de Alimentos
 

¿Se adeuda la pensión de alimentos? Persigue el cumplimiento del pago mensual y la deuda acumulada.

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Cese de la Pensión de Alimentos
 

Si tus hijos tienen más de 21 o 28 años o se encuentran titulados tienes que solicitar el cese de la pensión de alimentos.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el mínimo de pensión de alimentos?

La ley establece un mínimo del 40% de un IMMR por un hijo y el 30% cuando son dos o más hijos, además de un máximo que es el 50% de los ingresos.

¿Cómo se reajusta la pensión de alimentos?

La pensión es regulada en UTM, por lo que se reajusta mensualmente conforme a su variación.

¿Cómo calcular la pensión de alimentos?

Se debe conocer el total de gastos de los hijos y el ingreso de cada padre, con ello ambos deben contribuir a los gastos en proporción a sus ingresos.

¿Hasta qué edad se es beneficiario de la pensión de alimentos?

Se es beneficiario hasta los 21 años, salvo su hijo coninúe estudiando, en dicho caso es hasta que termine su carrera con un límite en los 28 años. Debes solicitar el cese, ya que no es automático.

¿Se puede demandar a los abuelos de pensión de alimentos?

Sí, pero solo cuando no se está pagando la pensión de alimentos o la que se paga no es suficientes para solventar los gastos de los hijos. Salvo que su única fuente de ingresos sea una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia.

Abogadas expertas le ayudarán a regular una pensión de alimentos justa que su hijo/as necesiten.

Complete el formulario y lo contactaremos.

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