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  • Foto del escritorFrancisca Ortiz Vergara

¿Por qué motivos pueden despedirte?

Actualizado: 20 abr 2021

A pesar de que las "necesidades de la empresa" sea la causal más común para dar término a un contrato de trabajo, existen otras reguladas que provocan otros efectos que perjudican directamente la indemnización que puede recibir un trabajor, por ello, hoy queremos enseñarte las causales para dar término a un contrato a fin de que las evites.




Primero queremos contarte que nuestro código regula en tres artículos causales para dar término al contrato de trabajo, las cuales veremos hoy, pero nos centraremos en las establecidas en el artículo 160.

Así, en primer lugar, establece las causales por acuerdo de las partes o ajenas a su voluntad, aquí puedes encontrar la renuncia, la muerte del trabajador o el caso fortuito o fuerza mayor, todo ello en el artículo 159.

Posteriormente se regulan las causales de término por hechos atribuidos a culpa o dolo del trabajador. Acá nos encontramos ante hechos que realizó el trabajador, atribuibles a su mal comportamiento por lo que afecta la continuidad o regularidad de las funciones o giro de la empresa empleadora.


¿Cuáles son estas causales?


Las causales atribuibles al comportamiento del trabajor son las reguladas en el artículo 160, las que desarrollaremos para que evites repetirlas.

  1. Las primeras son las llamadas "conductas indebidas, graves y comprobadas", es decir, conductas que comprometen la honra del trabajador, las que a su vez se desglosan en las siguientes:

    1. Falta de probidad en el desempeño de sus funciones, es decir, falta de responsabilidad y honradez del trabajador. Por ejemplo. si el trabajador altera documentos o sustrae antecedentes de las bases de datos para vender a terceros. Recuerda que debe estar revestido del carácter grave.

    2. Acoso sexual, es decir, realizar requerimientos de carácter sexual no consentidos y que perjudique su situación laboral u oportunidades en el empleo. Si eres empleador, recuerda que tienes un deber de protección respecto de la vida y salud de los trabajadores, por lo que debes mantener las condiciones adecuadas, debiendo tener un procedimiento para estos casos en tu reglamento interno, a fin de tramitar las denuncias, medidas de resguardo de la víctima y las sanciones.

    3. Vías de hecho ejercidas por el trabajador contra el empleador o de cualquier trabajador que se desempeñe en la misma empresa, en donde nos referimos a agresiones físicas o verbales que emplea el trabajador, sin provocación alguna.

    4. Injurias proferidas por el trabajador al empleador, es decir, que el trabajador afecte la honra del empleador con sus expresiones.

    5. Conducta inmoral del trabajador que afecte a la empresa, es decir, una conducta grave como lo son el robo, hurtos, existiendo una condena al respecto, faltar respeto a compañeros de trabajo, gestos obscenos y similares.

    6. Acoso Laboral, es decir, un agresión u hostigamiento reiterado ejercido por un trabajador, por cualquier medio y que provoque el menoscabo o humillación del otro.

  2. Negociaciones que ejecute el trabajador dentro del giro de la empresa del empleador que se hayan prohibido por escrito en el contrato de trabajo, por afectar la lealtad.

  3. La no concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada, ya sea por faltar 2 días seguidos, 2 lunes al mes o 3 días al mes, ya que perturba gravemente la marcha de la empresa.

  4. Abandono del trabajo por parte del trabajador, ya sea por una salida intempestiva o injustificada durante el horario de trabajo y sin permiso del empleador o por una negativa a trabajar sin causa justificada.

  5. Actor, omisiones o imprudencias temerarias que afecten la seguridad o funcionamiento de la empresa o actividad de los trabajadores o su salud.

  6. Perjuicio en materias causado intencionalmente en las instalaciones, maquinas, herramientas, útiles de trabajo, productos.

  7. Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, como cuando hay constantes atrasos en la jornada laboral o concurrir en estado de ebriedad.


¿Qué efecto provoca el despido por estas causales?


Atendido a que el contrato de trabajo se termina por un hecho que se atribuye al trabajador, como una sanción a este, es que el contrato se termina sin derecho a indemnización.


Necesidades de la empresa


Otro motivo para ser despido es por necesidades de la empresa, el cual se da cuando hay una racionalización, modernización o cambio en las condiciones del mercado o la economía que hace necesaria la separación del trabajador, debiendo avisarle con un mes de anticipación o, en su defectos pagar la indemnización sustitutiva por aviso equivalente a la última remuneración recibida.


Ahora que conoces las causales puedes evitar las establecidas en el artículo 160 que fue desarrollo. ¿Has sido despedido(a) por una de ellas sin que sea aplicable la causal? en nuestro próximo blog de día lunes hablaremos del despido injustificado y sus efectos.


¿Necesitas asesoría por un despido o un hecho en la relación laboral que te vulnera como trabajador? en Abogadas Chile te asesoramos y llevamos a cabo las gestiones necesarias, ¡contáctanos a nuestro whatsapp o correo electrónico contacto@abogadaschile.com!


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