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Foto del escritorFrancisca Ortiz Vergara

Registro de deudores: Todo lo que debes saber

¿Requieres de información sobre el registro de deudores? Tras la última modificación de la Ley Nº 14.908, sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, se incorporó el Registro de Deudores para perseguir el pago de la pensión de alimentos, por ello, seas quien paga la pensión o quien la recibe es bueno que conozcas cuándo alguien ingresa al registro de deudores y qué implica ello.



¿Cuándo ingresa una persona al registro de deudores? 


A fin de conocer si puedes ingresar al registro o puedes ingresar a la persona que es deudora, debes saber que para ello deben ser cumplidos dos requisitos:


1° Encontrarse obligado a pagar la pensión de alimentos, sean alimentos definitivos o provisorios, por ende, aquellas personas que pagan una pensión de alimentos de manera voluntaria no ingresan al registro de deudores en el caso de que no paguen.

2° Mantener una deuda por al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas.


Si aquellos requisitos se cumplen procederá la inscripción en el registro de deudores. Para proceder con la inscripción primero debe ser liquidada la pensión de alimentos por el Tribunal, indicando quien registra la deuda, las personas beneficiarias del pago, el número de cuotas atrasadas, monto adeudado y datos de la cuenta dispuesta para realizar el pago, pudiendo ser objetada en un plazo de tres días desde que es notificada.


¿Qué conlleva la inscripción en el registro de deudores de pensión de alimentos? 


La inscripción en el registro de deudores conlleva ciertas represalias en actos que implican movimiento de dinero y bienes, ello con el fin de obtener el pago de la deuda alimenticia o al menos disminuirla, lo cual debes saber si necesitas cobrar la deuda de pensión de alimentos.

Distintas instituciones tienen la obligación de revisar el registro de deudores viéndose implicadas las instituciones financieras, Conservador de Bienes Raíces, Tribunales de Justicia, Registro Civil, entre otras.

Por ejemplo, si el deudor recibe un crédito igual o superior a 50 UF, que luego debe pagar en cuotas, la institución financiera deberá retener el 50% del crédito o un monto inferior si es suficiente para pagar el total de la deuda.

Otro ejemplo es respecto de los Tribunales de Justicia en juicios ejecutivos, quienes antes de realizar el pago del dinero embargado o producto del remate de bienes, deben pagar de manera preferente la deuda alimenticia si el beneficiado del juicio se encuentra registrado.

Por otro lado, el Servicio de Registro Civil e Identificación deberá rechazar la inscripción de dominio de un vehículo si el comprador se encuentra inscrito como deudor.

Como puedes ver, hay distintos mecanismos que buscan perseguir el pago que serán analizados en nuestro próximo blog.


¿Puede ser pagada la pensión con los fondos de AFP?


Sí, sin embargo la ley lo establece como última instancia, siendo obligatorio que primero sea realizada una investigación financiera del deudor de la pensión de alimentos a fin de retener dinero de sus cuentas bancarias y ahorro voluntario. Finalmente, en caso de no tener dinero suficiente para pagar la deuda, se procede a la retención del dinero de la cuenta obligatoria de AFP.


¿Cuánto dinero puede ser retenido en la AFP para pagar la deuda de pensión de alimentos? 


Esto depende del tiempo que quede al deudor de la pensión para jubilar, conforme a lo siguiente:

  • 50% de los fondos acumulados si la persona deudora se encuentra a 15 años o menos de cumplir la edad legal para jubilar.

  • 80% de los fondos acumulados en la cuenta de ahorro individual obligatoria de la AFP si la persona deudora se encuentra a más de 15 años y menos de 30 años de cumplir la edad legal de jubilación.

  • 90% de los fondos acumulados en la cuenta del deudor si se encuentra a más de 30 años de cumplir con la edad legal para jubilar.


¿Hay un plazo para que la AFP pague la deuda de pensión de alimentos? 


Sí, una vez el Tribunal ordena el pago y es notificada, la AFP tendrá un plazo de 10 días hábiles para realizar la transferencia a la cuenta de pensión de alimentos. 


¿Aún mantienes dudas sobre el registro de deudores? Resuelvelas leyendo nuestros blog o  contactando a nuestro equipo.


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