top of page
Buscar
  • Foto del escritorAriana Barros Escorza

Protege tus bienes: Declaración de bien familiar

Actualizado: 27 feb

firma documento
Firma declaración de bien familiar

La Declaración de Bien Familiar es una gran opción cuando las deudas tocan a tu puerta, sobre todo si pensamos en las ventajas que tiene realizar este trámite frecuentemente realizado.

En Abogadas Chile entérate de las ventajas y el proceso de la Declaración de Bien Familiar.


Si bien es sabido que, el gran beneficio de esta solicitud es que, con su sola presentación ante el Juzgado de Familia competente, ya se autoriza la inscripción al margen del registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo del lugar donde se encuentra ubicada la propiedad. También posibilita que frente al embargo por cobro de una deuda del cónyuge que es la persona propietaria del bien, se proceda primero a embargar y ejecutar otros bienes del deudor o deudora, dejando para el último los bienes declarados como familiares.


¿Qué se entiende por Declaración de Bien Familiar?


Primero, debes saber que por bienes se entienden a todas aquellas cosas adquiridas y que pertenecen a uno o ambos cónyuges, siendo estas cosas consideradas en ciertos momentos, como "esenciales para la subsistencia de la familia", por lo que esta declaración tendrá el efecto de limitar las facultades de disposición y administración de ciertos bienes del cónyuge propietario o propietaria, haciendo obligatoria la autorización del cónyuge que no es propietario/a para realizar algunas acciones sobre dichos bienes. Es decir, por ejemplo: Si uno de los cónyuges (marido o mujer), quiere vender la casa en la que vive la familia, no podrá hacerlo, se verá impedido o impedida de lograrlo si esta solicitud de declaración ha sido interpuesta en el Juzgado de Familia respectivo.


¿Cuáles son los Bienes que se pueden Declarar como Familiar?


- Tal como lo menciona la ley en su artículo 141 de nuestro Código Civil, el inmueble que sirva de residencia principal de la familia: Con esto se refiere a la casa (departamento, terreno, etc) en que vive la familia. Este inmueble debe ser de propiedad de cualquiera de los cónyuges y es el tipo de bien familiar por excelencia.


- Los muebles que guarnecen (complementan) la residencia principal de la familia, dicho de otro modo, estas son las cosas que se encuentran adentro de la vivienda, como camas, muebles, comedor, etc.

En este punto es importante saber que, por el hecho que se declare familiar la casa en que reside la familia no se entienden declarados de manera automática como bien familiar las cosas que están adentro, ya que se debe pedir específicamente qué es lo que se quiere declarar bien familiar, esto porque, es totalmente posible que se pida al juez que se declaren bien familiar las cosas que están adentro de la casa y no la casa, y esto pasa cuando ninguno de los cónyuges es dueño de la casa en que vive la familia por ejemplo.


- También pueden ser declarados como bien familiar ciertas acciones y derechos que los cónyuges tengan sobre sociedades, esta situación se refiere cuando uno de los cónyuges tiene derechos o acciones sobre el inmueble que sirve de residencia para la familia. Lo importante de esto es que, lo que se declara como bien familiar son las acciones y derechos sobre la casa y no la casa misma, ya que esta propiedad es parte de la sociedad conyugal de la cual participa el hombre y la mujer casados bajo este régimen patrimonial (sociedad conyugal).



Efectos que produce La Declaración de Bien Familiar:


Como ya veníamos comentando, el efecto principal de esta declaración es limitar o restringir los derechos que tiene el cónyuge propietario del bien que es declarado.


¿Qué quiere decir esto? Que no podrá enajenar o gravar voluntariamente, ni prometer gravar o enajenar, los bienes familiares, sin la autorización del cónyuge no propietario. Esto se refiere a los casos en que se desea vender o hipotecar el inmueble; Así como tampoco podrá celebrar contratos de arrendamiento, comodato o cualquier otro que concedan derechos personales de uso o goce sobre algún bien familiar, sin la autorización de aquél que no es propietario.


La principal ventaja de este procedimiento es:

  1. Asegurar a la familia un lugar donde vivir y desarrollar sus fines; materiales, espirituales y todas las cosas para las que uno necesita un hogar.

  2. Estos bienes no se podrán enajenar o gravar sin autorización del cónyuge que pidió la declaración del bien como familiar.



Procedimiento:


La declaración de bien familiar debe solicitarse ante el Juzgado de Familia respectivo, ya que son este tipo de Tribunales los que tienen competencia para conocer y juzgar sobre este tipo de procedimientos.


¿Quién puede solicitarlo? Puede ser solicitado sólo el cónyuge que no es el dueño del bien o bienes que se intentan declarar como familiar.


¿Cómo se hace el trámite? Mediante interposición de una demanda, ante el Juzgado de Familia, por lo que es importante y esencial que contrates a un abogado para ello, si no cuentas con uno de confianza, o dudes en comunicarte con Abogadas Chile.


Una vez interpuesta la demanda, el Juez citará a las partes a audiencia preparatoria, pudiendo declarar en ese mismo momento el Bien como familiar, siempre y cuando no exista oposición de uno de los interesados.


IMPORTANTE: Es fundamental que sepa que, con la sola interposición de la demanda en el juzgado de Familia correspondiente, se declara de manera provisoria el Bien como familiar, ordenando el Juez que se subscriba al margen del registro de esta propiedad esta declaración.



Requisitos:


- Existencia del vínculo matrimonial entre el cónyuge propietario y el no propietario del bien o bienes que se intentan declarar.


- Además, el inmueble que sirva de residencia principal a la familia.


- En cuanto a los muebles que se intentan declarar y que forman parte de la vivienda, estos deben encontrarse en el lugar.


- Respecto a la documentación mínima:

Certificado de matrimonio;

Certificado de nacimiento de los hijos/as;

Certificado de residencia del grupo familiar;

Certificado de Dominio Vigente del inmueble, emitido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo; inventario simple de los bienes que componen o guarnecen el hogar.



NOTA: Para poder declarar como bien familiar alguna de las cosas mencionadas anteriormente, es importante cumplir con los requisitos que ya se comentaron más arriba, sin embargo es indiferente cuál sea el régimen patrimonial bajo el cual se haya contraído el matrimonio, es decir, que da lo mismo si contrajiste matrimonio bajo sociedad conyugal, participación en los gananciales o régimen de separación total de bienes, ya que basta estar casados para poder realizar el trámite.



¿Se pueden embargar los bienes declarados familiar?

Es muy importante que sepas que, al declarar tus bienes como familiar no significa que estos queden libres de eventuales embargos, ya que nuestro Código Civil establece que esta declaración no le será oponible a los acreedores, es decir, los acreedores podrán igual solicitar el embargo de esos bienes, pero primero deberá dirigirse en contra de otros bienes (no declarados), quedando para el final los bienes declarados familiar.



Si aún tienes dudas con éste u otro procedimiento, no dudes en contactarnos, porque en Abogadas Chile somos tu apoyo, tus Abogadas. contacto@abogadaschile.com











1974 visualizaciones0 comentarios

Entradas Recientes

Ver todo
bottom of page