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Foto del escritorFrancisca Ortiz Vergara

¿Cómo demandar por pensión alimenticia?

¿Te preguntas cómo asegurar el bienestar económico de tus hijos cuando la relación de pajera ha terminado? Recuerda que el recibir una pensión de alimentos es un derecho de tus hijos, por lo que garantizar su cumplimiento ayudará a que ellos reciban los recursos necesrios para su desarrollo y bienestar.

Si necesitas demandar pensión alimenticia, este artículo te brindará la información que necesitas para iniciar el proceso.

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¿Qué necesito para demandar la pensión de alimentos?

Lo primero que necesitas hacer es agendar una hora a mediación. La mediación es una instancia obligatoria y tiene como fin que puedas llegar a un acuerdo con la otra parte, aunque sabemos que esto no siempre se logra, por lo que ante esta situación puedes proceder a demandar la pensión de alimentos una vez es frustrada la mediación.

Tu hora a mediación puedes pedirla en un centro de mediación privado o uno público en el siguiente link https://www.mediacionchile.gob.cl/

Una vez frustrada la mediación se solicitará información y documentos a fin de ser presentada la demanda de pensión de alimentos ante Tribunales.


¿Desde cuándo se comienza a pagar la pensión alimenticia?


Si has acordado la pensión de alimentros a través de mediación, esta deberá ser pagada desde el mes siguiente a ello, caso contrario, si no alcanzaste un acuerdo deberás pedir en la demanda de pensión de alimentos que se establezcan alimentos provisorios.

Los alimentos provisorios se comienzan a pagar desde el mes siguiente a la notificación de la demanda y hasta que se establezcan los alimentos definitivos. El monto de los alimentos provisorios dependerá de los antecedentes que aportes al Tribunal, por lo que en nuestro estudio solicitamos la mayor cantidad de documentos a fin de que veas un beneficio en estos alimentos provisorios.


¿Cuánto puedes solicitar de pensión de alimentos?


La cantidad de dinero que se demanda depende de tu situación en particular, tomando en consideración lo que necesitan tus hijos y la capacidad económica de ambos padres.

Sin perjuicio de ello la ley establece un mínimo y un máximo. El mínimo que establece la ley es el 40% de un ingreso mínimo cuando la persona que paga la pensión tiene solo un hijo y el 30% de un ingreso mínimo por hijo en caso de que la persona tenga dos o más hijos.

Por otro lado, establece un máximo del 50% de los ingresos totales que recibe la persona que pagará la pensión.

Esto no significa que la pensión se regulará en el mínimo o en el máximo, acá lo importante son las necesidades que tengan tus hijos que sean acreditadas a fin de ser cubiertas por medio de los ingresos de ambos padres.


¿No puedes trabajar por encontrarte al cuidado de tus hijos?


Si te dedicas a cuidar a tus hijos y por ello no puedes trabajar debes considerar que ahora esto se tiene en consideración al momento de demandar una pensión alimenticia.

La ley ha determinado que al momento de establecer la pensión de alimentos se debe debe tener en consideración, entre otros, una tasación económica del trabajo de los cuidados de tus hijos, siendo trabajo de tu abogado exponer dicha situación y evaluar económicamente dicho trabajo que realizas día a día.


¿Cómo se reajusta la pensión de alimentos?


En la actualidad la pensión se reajusta conforme la variación que experimenta la Unidad Tributaria Mensual (UTM), esto implica que será reajustada de manera mensual, siendo primordial que sea realizado el cálculo así todos los meses a fin de evitar generar una deuda por falta de reajustes.


¿Qué ventajas tiene demandar la pensión de alimentos?


Las ventajas de establecer la pensión de alimentos son muchísimas, por ende siempre debes preferir que se indique por escrito legalmente y no solo de palabra, sea porque ambos regularon de mutuo acuerdo o porque se tuvo que demandar.

Ante ello considera por lo menos las siguientes ventajas:


  1. Si la pensión de alimentos se encuentra establecida por escrito mantendrá un reajuste en su pago, lo que permitirá que con el paso de los años aumente acorde al aumento de los gastos y precios de las cosas.

  2. Mantendrás una regulación frente a gastos extraordinarios de tus hijos, los cuales deberán ser cubiertos por ambos padres en la forma que se estableció previamente por escrito.

  3. Encontrándose la pensión alimenticia establecida por escrito podrás pedir su cumplimiento a través de Tribunales, caso contrario, el pago es netamente voluntario.

  4. Si mantienes dudas de que continúe pagando o derechamente se dejó de pagar, puedes solicitar que esta sea pagada mediante retención judicial.


Si tienes más consultas o necesitas inciar con tu demanda de pensión de alimentos escribenos por Whatsapp AQUÍ o a nuestro correo contacto@abogadaschile.com



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